Fondo de Apoyo a Profesores Asistentes – FAPA

El Fondo de Apoyo para Profesores Asistentes es un Fondo creado con el fin de ofrecer a profesores que estén empezando su carrera profesoral en la Universidad, la posibilidad de continuar el proceso de investigación/creación de su doctorado y fortalecer su línea de investigación. Este Fondo debe servir como recursos semilla para la consecución de recursos externos en concordancia con el Plan de Desarrollo Institucional (PDI) en su objetivo de: “viabilidad y efectividad institucional, promover y generar mecanismos e incentivos para atraer recursos de diferentes fuentes y reducir la dependencia de los ingresos por matrículas de pregrado”.

Elegibilidad.

Son elegibles para el uso de este Fondo los profesores de la Universidad, de tiempo completo y dedicación exclusiva, una vez sean ordenados como profesores asistentes y tengan su máximo título de posgrado aceptado en su área de especialización.

En condiciones especiales puede concederse a los profesores recién vinculados que entren al ordenamiento como profesores asociados como fondos complementarios a fondos que traiga el profesor o que consiga en su primer año. El apoyo al profesor será proporcional a lo conseguido por él con un tope igual al apoyo máximo mencionado en este documento. La proporción será determinada por cada unidad. En estos casos el profesor debe ser el investigador principal de la propuesta presentada a financiadores externos.

Obtención del apoyo

Los profesores elegibles deben presentar durante los primeros seis meses después de su ordenamiento, y a través del módulo de proyectos del sistema Academia, una propuesta de investigación (proyecto) a tres años que debe ser compatible con los planes de desarrollo de su unidad y debe ser aprobado por la decanatura respectiva.

Cada seis meses, el banco de proyectos FAPA se enviará a evaluación por pares externos a la universidad y los proyectos aprobados serán financiados. La Vicerrectoría se encargará del proceso de evaluación y los pares se escogerán entre los sugeridos por la facultad o centro al cual pertenece el profesor.

Una vez aprobada la propuesta, ésta se debe someter a concepto del Comité de ética (Procedimiento y fechas: https://investigaciones.uniandes.edu.co/es/comite-de-etica/) (si la investigación involucra animales vertebrados deberá pasar por el Cicual – https://investigaciones.uniandes.edu.co/es/comite-institucional-para-el-cuidado-y-uso-de-los-animales-de-laboratorio-cicual/). Solo podrá iniciar el proyecto una vez se obtengan los avales respectivos.

Condiciones de apoyo a las unidades 

El apoyo consta anualmente de hasta un máximo de cuarenta y ocho salarios mínimos mensuales legales vigentes, de los cuales la Vicerrectoría de Investigaciones aporta el 75% (hasta 36 SMMLV) y la Facultad el 25% restante (hasta 12 SMMLV), durante un término máximo de tres (3) años. El profesor debe justificar los recursos solicitados.

La Vicerrectoría de Investigaciones realizará los traslados de su 75% e informará a través del sistema Academia la fecha del traslado que será la utilizada oficialmente como fecha de inicio del proyecto. Es responsabilidad de la Unidad realizar el traslado correspondiente al 25% del presupuesto aprobado anualmente, y notificarlo por el sistema Academia.

El traslado se realizará el primer año, una vez sea aprobado el proyecto y en los dos años sucesivos, una vez sea aprobado el informe anual correspondiente y la propuesta de cada nuevo año. Sólo se aceptarán gastos con cargo a los recursos del Fondo hasta el último día de los tres años contados a partir de la fecha del primer desembolso por parte de la Vicerrectoría.

Seguimiento a los proyectos y productos esperados

El profesor podrá tener este apoyo hasta máximo por tres años. Cada año se evalúa el avance del profesor en términos de productos de nuevo conocimiento y de esfuerzo y éxito en la consecución de recursos.

  • Anualmente el profesor debe presentar a través del módulo de proyectos del sistema Academia un informe de avance técnico junto con los productos comprometidos para cada año (Ver política de Investigación en la Universidad de los Andes: https://secretariageneral.uniandes.edu.co/images/documents/InvestigacionenUniandes.pdf). El profesor deberá, con los recursos del FAPA, producir, en los tres años, al menos tres de los productos válidos por la Universidad como productos de investigación/creación o de diseño y deberá en todo momento dar los créditos respectivos a la Universidad en las publicaciones o presentaciones de productos que haya lugar.
  • Para obtener los recursos del segundo año se debe haber presentado una propuesta de investigación/creación o de movilidad a una entidad financiadora externa a la universidad.
  • Para obtener los recursos del tercer año el profesor debe haber conseguido algún recurso de una entidad financiadora externa.

La facultad o centro al que pertenezca el profesor es el responsable de evaluar y verificar los compromisos relacionados con la publicación de productos de nuevo conocimiento y el esfuerzo y éxito en la consecución de recursos externos requeridos en este reglamento. La Unidad deberá evaluar y avalar ese informe y presentar un informe financiero anual de los gastos del proyecto. Si el avance es insatisfactorio, la unidad junto con la Vicerrectoría de Investigaciones negará la renovación del apoyo.

Junto con el informe de avance, debe presentarse a través del sistema Academia el plan de actividades para el siguiente año. Cada Facultad creará normas, calendarios y formas de evaluación del programa de apoyo de manera autónoma.

El profesor, al finalizar la ejecución del proyecto y entregar el informe final, presentará una charla organizada por la Facultad a la cual pertenece, en la cual se socialicen los resultados del proyecto del profesor.

Evaluación

La ejecución total de los recursos se debe realizar durante los tres primeros años. Máximo se concederá un plazo de 6 meses después de terminado el FAPA, para la entrega del informe final y, en casos muy excepcionales y con el aval del decano o director (caso del CIDER y Escuela de Gobierno), se admitirá un plazo máximo de 6 meses para terminar de ejecutar los recursos.

La Facultad o Centro es responsable de la evaluación final del proyecto. Esta evaluación será insumo para la promoción dentro del ordenamiento profesoral, definido por cada unidad.

Rubros financiables 

Con los recursos de este Fondo sólo se podrán financiar los siguientes rubros:

  1. En el rubro de personal, se podrán vincular asistentes graduados al proyecto de acuerdo con la política de contratación de asistentes graduados vigente (Política de Vinculación de Asistentes Graduados: https://secretariageneral.uniandes.edu.co/images/documents/PoliticaVinculacionAsistentesGraduados.pdf) . Igualmente se podrán contratar asistentes de investigación. Con estos recursos no se podrá pagar ningún tipo de bonificaciones.
  2. Monitores de Investigación de pregrado (Monitorias de Investigación. https://investigaciones.uniandes.edu.co/es/monitorias-de-investigacion/).
  3. Matrículas parciales o totales de posgrado (en la Universidad de los Andes).
  4. Adquisición de material bibliográfico o bases de datos de Estas adquisiciones deben hacerse a través de la Biblioteca General de la Universidad y harán parte de su colección.
  5. Adquisición de equipos de laboratorio y/o informáticos (Software y Hardware) para propósitos de investigación.
    • Equipos de laboratorio o talleres: la Gerencia del Campus de la Universidad (de acuerdo con cada caso) deberán dar su visto bueno (https://gerenciacampus.uniandes.edu.co/Areas-funcionales/Gestion-de-compras-y-activos/Formatos) sobre la adquisición de los equipos y su viabilidad.
    • Equipos de cómputo y software: deberá haber un diálogo previo con la vicerrectoría de investigaciones y la DSIT (Dirección de Servicios de Información y Tecnología) para facilitarle al profesor el proceso de adquisición y estudiar la pertinencia de las compras de acuerdo con los recursos ya disponibles. En la mayoría de los casos se recomiendo al profesor la compra de tiempo en los equipos de la unidad de cómputo de la vicerrectoría de investigaciones.
  6. Costos de publicación de los resultados de investigación (libros, artículos, etc.)
  7. Suministros de papelería y materiales (incluidos de laboratorio) necesarios para la investigación.
  8. Salidas de campo. Estas solo cuentan dentro del territorio nacional. En caso que la salida sea internacional, cuenta como viaje y aplica lo dispuesto en el ítem 9.
  9. Viajes.
    1. Asistencia a eventos académicos. La Universidad pagará los tiquetes en clase económica y los gastos de viaje máximos se determinarán de acuerdo con la tabla que para tal efecto fije la unidad o en su defecto, la Dirección Financiera. Se puede pagar la afiliación a la red o sociedad que organice el evento, la inscripción a los eventos y los costos de trámite de la visa que se requiera. La suscripción a la sociedad o red se puede pagar hasta un máximo de tres años, el tiempo de ejecución del proyecto.
    2. Costos asociados a la invitación de profesores que beneficien el desarrollo del programa de investigación. Estos profesores deben tener una agenda de actividades previamente acordada con la unidad e idealmente dar una charla abierta a estudiantes de la Universidad.
    3. Durante el período de los tres años, el profesor podrá escoger dos tipos de modalidades
      • Máximo el 30% del presupuesto total de sus tres años, para viajes internacionales. Los viajes podrán ser co-financiados con otras fuentes de recursos que haya conseguido el profesor.
      • Cuatro de estos viajes con estos recursos (sean de salida de profesores o de invitación de profesores).

El profesor debe escoger, al presentar su propuesta, si su tope será el del 30% del presupuesto o los cuatro viajes. En las dos opciones, para autorizar la financiación del segundo viaje en adelante, debe demostrarse que se sometió una solicitud de recursos externos. El profesor podrá solicitar un 20% adicional en los recursos o un viaje adicional (si escogió la modalidad 9.3.2) si en los dos primeros años ha obtenido un producto A o B (según reglamento de la vicerrectoría) con afiliación a la Universidad.

Condiciones

  1. Si el profesor asume un cargo administrativo pierde el derecho al apoyo para investigación a partir del momento en que lo asuma (sin posibilidad de retomarlo más adelante). Esto hace referencia a los cargos administrativos que se encuentran en la planta, de coordinador de programa en adelante, no a las tareas administrativas que pueda asumir esporádicamente sin que impliquen un cargo ni sus responsabilidades. La unidad deberá reintegrar a la Vicerrectoría de Investigaciones los recursos no ejecutados en proporción al aporte de la misma.
  2. El profesor asistente no podrá tener durante el primer año de vinculación una labor docente mayor a la carga promedio de su unidad. Si asume una carga mayor, pierde el derecho al apoyo para investigación. Se entenderá que este requisito ha sido validado por el decano o director (para el caso del CIDER y la Escuela de Gobierno), cuando emita su aval de la propuesta a través del sistema ACADEMIA.
  3. Si el profesor se retira de la Universidad durante el desarrollo de su propuesta, se deberá suspender de inmediato cualquier pago o desembolso relacionado con el proyecto y el profesor deberá entregar un informe de sus avances del proyecto a la fecha del retiro. La unidad deberá reintegrar a la Vicerrectoría de Investigaciones los recursos no ejecutados en proporción al aporte de la misma.

Este reglamento empieza a regir a partir del 1 de abril de 2017.

Aprobado por el Consejo Académico en sesión 108-14 del 15 de mayo de 2014 y modificado por el Consejo

Académico en su sesión 177-17 del 16 de marzo de 2017.